REGLAMENTO

REGLAMENTO DE THE DRAFT CLUB

THE DRAFT CYCLING CLUB es un club ciclista privado constituido dentro del organigrama de la sociedad Proakis Quality Bikes S.L.

 

 

 

REGLAMENTO Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO

 

CAPÍTULO 1.— De los abonados

 

 

Artículo 1. THE DRAFT CYCLING CLUB tiene como objetivo principal promocionar, desarrollar y practicar el ciclismo como deporte, y en su caso participar en actividades y competiciones deportivas de carácter oficial.

 

Bajo el nombre THE DRAFT CYCLING CLUB , cualquier persona podrá formar parte del mismo bajo las siguientes directrices y condiciones establecidas en este Reglamento Interno.

 

Artículo 2. Según el artículo 8 apartado b) de los Estatutos que rigen el THE DRAFT CYCLING CLUB  (en adelante, el Club), los “abonados” son aquellas personas que, sin tener la condición de socios del Club, pueden disfrutar libremente de la participación y asistencia a las salidas / excusiones o actividades programadas por el Club, a cambio del pago de una cuota económica.

 

Artículo 3. Ser abonado de THE DRAFT CYCLING CLUB  Club significa:

 

• Ser miembro abonado de THE DRAFT CYCLING CLUB .

 

• Poder participar libremente, bajo las reglas y normas que se establezcan, de las salidas / excursiones o actividades programadas por el Club.

 

• Poder disfrutar de descuentos y promociones exclusivos.

 

• Poder disfrutar de descuentos en viajes cicloturistas, retos y eventos que THE DRAFT

 

• Tener descuentos en la equipación de THE DRAFT.

 

Artículo 4. Ser abonado de Ciclismo en THE DRAFT CYCLING CLUB implica obligatoriamente estar en posesión y en vigor, de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes con cobertura suficiente para la práctica del ciclismo como deporte, bien a través del ofrecido por las Federaciones Deportivas a través sus las Licencias Federativas (Federación Madrileña de Ciclismo o cualquier otra reconocida por la Real Federación de Ciclismo Española, Federación de Triatlón, etc.) o a través del Carnet Ciclista, o seguro privado.

 

Artículo 5. Salvo que se indique expresamente lo contrario, se admitirá la participación a salidas / excusiones o actividades programadas por el Club, a personas, que no siendo abonadas, se ajusten a las siguientes modalidades de participación:

 

a) Ciclistas en prueba – Ciclistas interesados en formar parte del club, que vienen por iniciativa propia o invitados por algún abonado, para conocer el Club, su funcionamiento, la gente, los grupos y el nivel deportivo. Se deberán ajustar a los requisitos del club y a los procesos de registro de alta que se establezcan. En caso de gustarles y seguir participando, deberán formalizar su alta como abonados mediante el pago de la cuota y ajustarse a los requisitos y compromisos del club.

 

b) Invitados de Honor – Ciclistas o grupo de ciclistas, independientes o pertenecientes a otros clubes u otras agrupaciones deportivas, que quieren participar en las salidas / excursiones o actividades de Ciclismo en Cadena Club, y que han llegado a un acuerdo previo con THE DRAFT CYCLING CLUB para su participación.

 

En cualquier caso será obligatorio para la participación, estar en posesión y en vigor, de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes con cobertura suficiente para la práctica del ciclismo como deporte, bien a través del ofrecido por las Federaciones Deportivas a través sus las Licencias Federativas (Federación Madrileña de Ciclismo o cualquier otra reconocida por la Real Federación de Ciclismo Española, Federación de Triatlón, etc.), Carnet Ciclista o seguro privado.

 

En caso contrario, el Club ofrecerá la posibilidad de poder contratar un seguro de accidentes por un día, el cual se tendrá que solicitar al menos un día antes de la salida / excursión o actividad.

  

Toda persona que no cumpla estos requisitos se considerará ajena a la actividad de THE DRAFT CYCLING CLUB .

 

Artículo 6. Todos los abonados dispondrán de un número de abonado que les acreditará como miembros del Club y les permitirá beneficiarse de las ventajas que el Club establezca, así como de los descuentos y promociones que ofrezca el Club o las empresas patrocinadoras y/o colaboradoras.

 

La identificación y número de abonado podrá ser requerido por los responsables de las actividades o por las empresas colaboradoras, para hacer uso de las actividades y beneficios del Club.

 

Artículo 7. Los abonados asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen de THE DRAFT CYCLING CLUB , así como del resto de colaboradores y patrocinadores que sustentan el Club, y no podrán actuar de forma que generen perjuicio, económico o de otro tipo, a los mismos, especialmente haciendo publicidad negativa.

 

 

CAPÍTULO 2.— De las actividades deportivas del Club

 

 

Artículo 8. Las actividades propuestas por el Club son de participación exclusiva de los abonados que se encuentren al corriente del pago en su cuota anual y tener un seguro de responsabilidad civil y de accidentes en vigor (bien mediante Licencia Federativa, Carnet Ciclista o Seguro Privado), sin detrimento de lo establecido en el artículo 9 de este Reglamento.

 

El Club podrá organizar, además, actividades y eventos abiertos a la participación de personas no abonadas, indicando expresamente esta condición, y estableciendo, si procede, el importe de las cuotas y condiciones de participación para éstas.

 

Artículo 9. Se permitirá la asistencia a actividades del Club a aquellas personas, que no siendo abonados, estén interesadas en participar en alguna de las salidas / excursiones o actividades programadas por el Club según lo establecido en el artículo 5.

 

Artículo 10. Será necesaria la confirmación de asistencia a las actividades propuestas del Club por parte de los abonados e interesados, según las vías establecidas para ello.

 

Artículo 11. No está permitida la realización de actividades de Club o con el nombre del Club que no hayan sido aprobadas por el staff de THE DRAFT CYCLING CLUB

 

Los abonados, sin la autorización previa del Staff de THE DRAFT CYCLING CLUB , no podrán organizar ni promover actividades de carácter colectivo dirigidas a personas interesadas en el Club.

 

 

CAPÍTULO 3.— De las salidas / excursiones del Club

 

 

Artículo 12. Las salidas / excursiones realizadas por el Club deberán ser propuestas por el Staff de TDCC y podrán atender a peticiones de los abonados.

 

Las salidas / excursiones del Club no estarán tuteladas, pero sí contarán, en la medida de lo posible, con uno o más integrantes del staff que asumirán las funciones de coordinación de la actividad sin ningún tipo de responsabilidad.

 

Son del integrantes del staff :

 

• Estudiar y preparar la ruta con antelación.

 

• Conocer perfectamente el recorrido, los puntos de encuentro, las paradas y las posibles vías de evacuación o salida.

 

• Estar presente el día de su realización.

 

• Hacer cumplir las normas contenidas en este Reglamento relativas al desarrollo de las actividades del club.

 

• Conducir al grupo sin que nadie se extravíe.

 

Artículo 13. El Club informará del grado de dificultad física y técnica de la ruta, así como de la distancia a recorrer, los tiempos y el nivel deportivo requerido. Los abonados deberán apuntarse a la ruta en función de su nivel deportivo personal y dentro de sus posibilidades físicas.

 

Artículo 14. Los abonados que participen en las actividades deportivas del Club deberán seguir las indicaciones facilitadas por los voluntarios de la actividad, especialmente las recomendaciones en materia de seguridad y prudencia, exigibles en función del recorrido.

 

Los abonados que participan en las salidas del Club no podrán imponer un cambio en la ruta a seguir, salvo consentimiento del voluntario de la salida, que en cualquier caso no perderá la función que le corresponde en la actividad.

 

Artículo 15. Todos los abonados que participen en las salidas del Club deben colaborar para el correcto desarrollo de las mismas, siguiendo en todo momento las indicaciones del voluntario de la salida, y llevando un

ritmo adecuado para mantener el orden del grupo.

 

 

Artículo 16. El abonado debe ser rigurosamente puntual. La salida será a la hora y el lugar indicado, y se cumplirá el programa según lo establecido.

 

Los lugares de salida del calendario oficial de salidas del Club serán desde la sede de THE DRAFT CYCLING CLUB , y en caso de proponerse rutas con puntos salida se comunicará en la información de la ruta.

 

Será responsabilidad de cada abonado el acudir al punto de salida a la hora y fecha propuesta por sus medios.

 

La salida será estrictamente puntual, por lo que aquellos abonados que no se encuentren en el punto de salida a la hora establecida asumirán la pérdida de la salida con el grupo.

 

Artículo 18. El staff previo aviso podrá suspender cualquiera de las actividades programadas del calendario oficial del Club por mal tiempo (lluvia, nieve o fuerte viento) o por cualquier incidente, que a su juicio, considere apropiado. 

 

Artículo 19. Todo participante debe conocer la ruta bien con ayuda de un mapa o con aplicaciones GPS.

 

Artículo 20. Es obligatorio el uso del casco para participar en las rutas organizadas por el Club, sea cual sea el tipo de recorrido que se realice. No se permitirá la participación de aquellos que no lo lleven o no lo usen adecuadamente.

 

Artículo 21. Además de los elementos de seguridad, cada participante deberá ocuparse de que su bicicleta esté en perfecto orden mecánico para la salida. Habrá de portar un equipo básico, compuesto de agua y alimentos adecuados a la duración de la salida, así como de los útiles mínimos necesarios para su reparación: bomba de inflar, cámaras de repuesto y útiles para arreglar pinchazos; siendo también recomendables multiherramienta, tronchacadenas y teléfono móvil.

 

Artículo 22. Cuando el grupo circule por vías asfaltadas, urbanas e interurbanas, se habrán de cumplir estrictamente las normas establecidas en la legislación vigente, Ley de Tráfico y Código General de Circulación.

 

Artículo 23. En los tramos que discurran por vías rurales (pistas forestales, cañadas, sendas, etc.), se seguirán los caminos marcados. Se cederá el paso y se respetará al resto de usuarios de estas vías (personas y animales), y se observará el cierre de las verjas y puertas que se vayan abriendo, tras el paso del grupo.

 

Artículo 24. Todos los asistentes a las actividades organizadas por el Club deberán respetar la Naturaleza, evitarán deterioros en el medioambiente y no arrojarán basura, ni en carreteras, ni caminos ni en poblaciones.

 

 

CAPÍTULO 4.— De las cuotas

 

 

Artículo 25. Con el fin de que el Club pueda desarrollar sus actividades, los abonados deberán aportar una cuota anual (año natural) consistente en: 

 

• Alta -__________/ año en cualquier momento del año y válida hasta finalizar el año.

 

• Renovación anual -  ___________/ año.

 

 

• Forma de pago, pago trimestral mediante recibo bancario, Contado a través de los métodos de pago proporcionado por The Draft.

El pago trimestral se podrá únicamente ejercer una vez, si en algún momento un socio decide abandonar el club solo podrá acceder a la modilidad de pago al contado.

 

• La condición de abonado no quedará formalizada por completo sin el correspondiente formulario de alta, sin el correspondiente justificante de pago de la cuota, y sin evidencias de obtención del seguro de responsabilidad civil y de accidentes mencionados en el artículo 4.

 

• La tramitación y pago de Licencias Federativas, Carnet Ciclista o Seguro Privado, se harán en los plazos establecidos por los proveedores. No teniendo que coincidir con el plazo de pago de la cuota del Club, adquiriendo la condición de alta provisional hasta completar el proceso.

 

• La cumplimentación del formulario de alta, el pago de la cuota de abonado y la obtención de un seguro a través de la Federaciones Ciclistas o Seguro Privado, no tienen porqué coincidir en fechas, considerándose en estado de ALTA PROVISIONAL hasta formalizar por completo el cumplimiento de todos los requisitos.

 

Artículo 26. El pago de la cuota de Club no incluye seguro de accidentes ni de responsabilidad civil para los abonados, siendo necesario el cumplimiento del artículo 4 para formalizar la condición de abonado del Club.

 

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

 

Artículo 27. Toda persona interesada en formar parte del Club como abonado, ciclista en prueba o invitado de honor debe conocer las normas aquí recogidas, aceptándolas por escrito en el momento en que formalice el ingreso en el Club o en la participación de alguna de sus actividades.

 

 

 

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

 

 

 

 

Artículo 1. Comité de Disciplina.

 

El Comité de Disciplina, será el encargado de ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los abonados del Club y las personas que formen parte de su estructura orgánica.

 

Dicho Comité de Disciplina será unipersonal siendo auxiliado, en todo caso, por el Secretario del Club, y será nombrado por la Junta Directiva.

 

Artículo 2. Faltas.

 

Se considerarán como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la legislación vigente que sea de aplicación, y se clasificarán en leves, graves y muy graves.

 

Artículo 3. Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno.

 

Artículo 4. Se considerarán como faltas graves: 

 

1. La reiteración, en tres ocasiones o más, de cualquier falta leve, durante un período de tres meses. 

 

2. Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes del Club.

 

3. Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del Club, que se pueda considerar indecoroso o inadecua- do para la imagen del mismo.

 

4. Aquellas acciones que generen perjuicio o dañen la imagen del Club o de sus patrocinadores y colaboradores.

5. Al ser un club de ámbito privado se reserva el derecho de admisión.

 

Artículo 5. Se considerarán como faltas muy graves:

 

1. La reiteración, en dos ocasiones o más, de cualquier falta grave durante un periodo de doce meses.

 

2. Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del club o la integridad física de cualquiera de sus miembros.

 

3. El impago de las cuotas, en la cuantía y plazo que establezca la Asamblea General.

 

Artículo 6. Sanciones.

 

Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta, que serán aplicadas por el Comité de Disciplina, o los responsables de las actividades, en el caso de las faltas leves:

 

1. Faltas leves: la exclusión de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracción.

 

2. Faltas graves: la expulsión temporal del Club durante el período de tiempo que estime el Comité de Disciplina, que, en ningún caso, será superior a tres meses.

 

3. Faltas muy graves: la expulsión definitiva del Club.

 

 

 

REV. 25/11/2016